¿Cuál es la obligación de las ARL’s respecto a los trabajadores en alturas?

Las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) son aseguradoras que cubren riesgos de tipo laboral, una de sus funciones es brindar asesoramiento en la ejecución de los programas de prevención que se realizarán en la empresa.

Recuerde que la ARL es contratada por la empresa y todo empleado debe tenerla; en el caso de los trabajadores independientes, deben pagarlo de manera autónoma.

Teniendo en cuenta lo anterior, la Resolución 1409 de 2012 en el artículo 5 establece que:

Las administradoras de riesgos laborales, que tengan afiliadas empresas en las que exista el riesgo de caída por trabajo en alturas, dentro de las obligaciones que le confiere los artículos 5659 y 80 del Decreto 1295 de 1994 y demás normas, deben:

a) Realizar actividades de prevención, asesoría y evaluación de riesgos de trabajo en alturas de acuerdo a este reglamento.

b) Ejercer la vigilancia y control en la prevención de los riesgos de trabajo en alturas conforme a lo establecido en la presente resolución.

c) Asesorar a los empleadores, sin ningún costo y sin influir en la compra, sobre la selección y utilización de los elementos de protección personal para trabajo en alturas.d) Elaborar, publicar y divulgar Guías Técnicas estandarizadas por actividades económicas para la aplicación de la presente resolución, lo cual podrán hacerlo por administradora o en unión con varias administradoras de riesgos.

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